Tras el anuncio de la Junta de Andalucía, a través del Comité territorial de Alerta de Salud Pública en Córdoba, de las nuevas medidas de prevención publicadas en el BOJA extraordinario nº 25, del jueves 25 de marzo de 2021, el alcalde de Iznájar, Lope Ruiz, ha emitido un bando informativo recordando las medidas más importantes.
En esta comunicación el alcalde anuncia que “el Ayuntamiento de Iznájar podrá restringir nuevamente el uso de parques, instalaciones deportivas u otros servicios de titularidad municipal si hubiese conocimiento de que no se estuvieran respetando las medidas en vigor. Así mismo, Policía Local continuará su labor de control y sanción a las personas infractoras”.
Lope Ruiz, apela a qué “solo desde de las responsabilidad individual y colectiva conseguiremos vencer al virus”, e insiste en que “hay que ser conscientes de que está en nuestra mano la salud de muchas personas y la subsistencia económica de cientos de negocios y familias en nuestro pueblo”.
Entre las medidas aprobadas por la Junta de Andalucía en el Boja, que han entrado en vigor este viernes y se prolongarán hasta el 2 de abril, se encuentran:
• Declarar al Área Sanitaria Sur de Córdoba en nivel de alerta 3 (según Orden del 29 de octubre de 2020) salvo el municipio de Doña Mencía que se declara en el nivel de alerta 4, grado 2.
• Continua el cierre perimetral de todas las provincias y de la comunidad autónoma de Andalucía, no pudiendo salir o entrar de ellas sin causa debidamente justificada. Sí está permitida la movilidad entre municipios de la misma provincia.
• El toque de queda será de 23 h. a 6 h. de la mañana.
• El comercio y la hostelería podrán abrir hasta las 22:30 h. como hora límite, salvo establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, venta de combustible para automoción y otros considerados esenciales. Se permite la venta de alcohol hasta esta misma hora.
• La recogida de pedidos en establecimientos será hasta las 22:30 h. Y el servicio de reparto a domicilio podrá ser hasta las 23:30 h.
AFOROS PERMITIDOS
- Hostelería: 50% en el interior y del 100% en espacios abiertos al aire libre. Prohibido el consumo en barra. El máximo permitido por mesa o agrupación de mesas es de 6 personas, debiendo mantener la distancia mínima de 1,5 m.
- Parques y jardines. Abiertos en general. Uso obligatorio de la mascarilla desde los 6 años. Recomendamos el uso constante de gel desinfectante. Será obligatorio mantener la distancia mínima de seguridad de 1,5 m. entre los usuarios y cumplir estrictamente el aforo permitido.
- Velatorios y entierros: máximo 10 personas en interior y 20 personas en exterior.
- Ceremonias civiles y religiosas: 50% de aforo.
- Establecimientos comerciales: 60% del aforo siempre que se pueda mantener la distancia de seguridad.
- Actividades ambientales: 10 personas e interior y 15 al aire libre.
- Instalaciones deportivas: 50% del aforo: 200 personas en interior y 400 personas en exterior.
- Cines, teatros y auditorios: 60% del aforo: 200 personas en interior y 300 en exterior.
- Museos y Exposiciones: 65% del aforo. Las visitas de los grupos serán de un máximo de 15 personas incluido guía.
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